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Mallol Assessors S.L.P nació el 1982 de la mano de Joan Lluís Mallol, cuando surgió el sistema impositivo español. En aquellos momentos, Joan Lluís Mallol estaba como secretario ejecutivo de la Federación de Autotransporte de Tarragona y empezó a trabajar el tema de la fiscalidad en el mundo del transporte en un gabinete profesional.
El pasado 27 de Febrero de 2014 el tribunal de justicia de la Unión Europea dictó sentencia através de la cual se declaró que el impuesto denominado "céntimo sanitario" contravenía el derecho comunitario. Dicha sentencia fue dictada a raiz de un recurso interpuesto por este despacho. Esta resolución permite a muchas empresas, sobre todo vinculadas al sector de transporte beneficiarse del cobro de lo pagado indebidamente por dicho impuesto.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha dictaminado que el "céntimo sanitario" recaudado en España "es contrario" al derecho comunitario.
La sentencia señala que el impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos (IVMDH) no respeta la directiva sobre los impuestos especiales, explica un comunicado del Tribunal.
En particular, el impuesto carece de la "finalidad específica" que prevé esa normativa, que obliga a que ese objetivo no sea exclusivamente presupuestario.
En ese contexto, el impuesto tampoco persigue, por sí mismo, garantizar la protección de la salud y el medioambiente, añade el fallo. La decisión del Tribunal abre la vía a la devolución de los cerca de 13.000 millones de euros cobrados por ese concepto entre los años 2002 y 2011.
La sentencia del TJUE responde al litigio iniciado por Transportes Jordi Besora SL y un total de 60 empresas más, todas representadas por nuestra asesoría jurídica especializada en transportes.